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Nuevo sistema de identificación del ganado

Sistema Nacional de Identificación de Bovinos, Bubalinos y Cérvidos en zona libre de aftosa con vacunación. Procedimientos más simples, menor pérdida de caravanas. 

Sí, la identificación es obligatoria, individual, única y permanente. Por lo tanto, todos los bovinos tienen que ser identificados.

2.- ¿Cuál es el dispositivo de identificación obligatorio?

Es obligatoria la aplicación de 1 (una) caravana del tipo ¨botón-botón¨ en la oreja derecha del animal, de manera tal que la numeración quede visible en la cara externa del pabellón auricular. La caravana para esta región es de color amarillo.

3.- ¿Puedo utilizar la doble caravana (binomio botón – tarjeta)?

Sí, además de la caravana botón obligatoria, el productor puede también optar voluntariamente por utilizar  una  caravana tarjeta en la oreja izquierda del animal, en la que puede mantener la información reglamentada en ambos dispositivos o con la información que él considere necesaria para la facilitación de sus actividades de manejo dentro del establecimiento.

4.- ¿Puedo utilizar dispositivos electrónicos?

Sí, la caravana botón obligatoria en la oreja derecha podrá incluir opcionalmente tecnología de identificación de radiofrecuencia de baja frecuencia (RFID), una vez que el Senasa homologue los sistemas correspondientes.

5.- ¿Cuándo debo caravanear?

Se debe caravanear obligatoriamente con la caravana botón en la oreja derecha (lo que primero ocurra) en los siguientes momentos:

– Cuando se realizan tareas sanitarias, como por ejemplo sangrado de los  bovinos para serología de brucelosis, en la tuberculinización, en caso de cumplir con un programa de enfermedades venéreas o cualquier otro plan o muestreo oficial que lo requiera.

– Cuando se aplican medicamentos que tienen indicado un período denominado de carencia, ya que es necesaria la individualización de los animales para cumplir con el  lapso de tiempo que se debe dejar pasar hasta el envío a faena o consumo de los productos.

– Cuando realizo el  primer movimiento para poder sacarlo del campo, por más que se lo envíe directamente al frigorífico, o al cambio de titularidad, cuando sin sacarlo del campo pasa a otro dueño.

6.- ¿Qué información contiene la caravana?

El dispositivo botón tendrá impreso el CUIG que identifica al titular del animal en un determinado predio, el código de identificación individual del animal y el dígito verificador.

7.- ¿Debo declarar las caravanas en la oficina local del Senasa?

Realizada la identificación el productor debe completar la Planilla de Identificación de los Bovinos que acompaña a las caravanas adquiridas y archivarla en su carpeta documental. No debe llevarla a la oficina local del Senasa para su registro: este se produjo automáticamente al declarar la entrega el fabricante en la compra de caravanas. Dicha documentación podrá ser solicitada por el Senasa cuando lo requiera.

8.- ¿Qué pasa si el animal pierde la caravana botón?

Ante la pérdida de caravana se debe reidentificar con una nueva caravana botón correspondiente a la unidad productiva donde se localice el animal, en la oreja derecha del vacuno.

9.- ¿Se debe registrar el recaravaneo de los animales?

Sí, se deberán registrar en el campo “observaciones” de la Planilla de Identificación de los Bovinos que acompaña a las caravanas adquiridas, como “recaravaneo” y, si puede, asociar al CUIG de origen.

FUENTE – SENASA

Huella Software.